Estas reuniones forman parte de la ronda de contactos que nuestra organización esta manteniendo con los representantes de las distintas fuerzas políticas de nuestra comunidad autónoma para trasladarles las dificultades que atraviesa el sector por la complicada coyuntura económica que atravesamos, y que esta golpeando con especial crudeza a nuestro sector.El vicepresidente Biel se mostró muy interesado en las explicaciones y ambas partes han acordado seguir manteniendo una serie de contactos con otros cargos de la administración autonómica que dependen de los aragonesistas con el fin de intentar articular medidas que puedan reactivar la actividad del sector agrícola-ganadero-agroindustrial.
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Asaja Aragón: âla Situación De Los Cereales Es Insostenibleâ
Según el informe que maneja ASAJA Aragón, los precios de los cereales hacen insostenible la situación para los productores, lo que ademas, amenaza las próximas siembras de maíz por los bajos precios que mantiene junto a la cebada y el trigo.ÂFernando Luna, responsable de cereales de ASAJA Aragón señala que la información que maneja el sindicato es que âlas previsiones de siembra de maíz en primera cosecha, a pesar de las buenas perspectivas de agua para riego, se van a ver reducidas en un porcentaje muy elevado por el bajísimo precio de los cereales; los informes que manejamos gracias a la PAC de nuestros socios nos alertan de que ellos no solo no ven interesante sembrar maíz en primera cosecha, si no que los precios suelo que vienen arrastrando cebada y trigo estén provocando un estado de nervios comprensible, porque no se llega para hacer frente a los pagosâ.ÂDesde ASAJA Aragón se advierte que las previsiones de buena cosecha, se pueden arruinar por culpa de los precios, ya que los productores no pueden hacer frente a los pagos de las modernizaciones, fertilizantes, semillas, trabajos agrícolas, el gasóleo se esta volviendo a disparar, etc. âLo que hay que pensar es que si los agricultores frenan la siembra de maíz, el golpe sería durísimo inmediatamente para el sector industrial que depende directamente de esa siembra de maíz, las pérdidas serían de varios millones de eurosâ, señala Luna. ÂDesde el sindicato se establecen paralelismos de precios que resultan demoledores: un cigarrillo rubio equivale a 1,5 kg de cebada; un café tiene el mismo precio que 10,5 kg de cebada. âAsí no vamos a ninguna parte; si no hay medidas urgentes para la recuperación de precios en los cereales no descartamos movilizaciones. Pedimos que la administración establezca controles en puerto, que se apueste por los cereales para energía y que la carne pueda tener unos precios razonables, lo que conllevaría que los cereales para alimento animal también recuperaran precioâ. ÂFernando Luna era igualmente contundente al razonar lo insostenible de la situación âya que ademas, las leyes o normas vigentes para una agricultura sostenible, precisamente estan haciendo insostenibles las explotaciones agrarias. Es absolutamente imposible aguantar las explotaciones agrícolas y ganaderas con unas leyes absurdas por una política incierta de la PAC que lleva sin remisión a la ruina a los agricultores; estaLey de sostenibilidad no cuenta con los verdaderos sostenedores del medio rural, que somos los agricultores y ganaderos. No podemos ser optimistas con lo que vemos a nuestro alrededor, ni con políticos que dicen una cosa y hacen lo totalmente contrarioâ. Para ASAJA Aragón, estamos asistiendo a una âdeslocalizaciónâ de la agricultura productiva en nuestro país por culpa de la dejadez de un ministerio herido de muerte y que no defiende los intereses de un sector estratégico, que crea valor añadido y riqueza, pero al que nadie tiende la mano de verdad.
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Asaja Coordinara La Oferta-demanda De Mano De Obra De Trabajadores Extranjeros De Temporada
Estos días ha quedado definido por parte de ASAJA Huesca y la federación que aglutina a varias asociaciones y entidades que representan a personas extranjeras residentes la creación de una mesa de coordinación para la contratación de esas personas para las tareas agrícolas necesarias en esta próxima campaña.ÂSe trata de personas con los papeles en regla, legalmente establecidos e integrados, en algunos casos ya con sus familias aquí e incluso propietarios de viviendas, etc. La idea se plasma para esta campaña âcon un servicio muy interesante para las explotaciones, que tendran disponibilidad para contratar esa mano de obra puntual que se necesita en campaña de recolección, con la tramitación de la burocracia por parte de ASAJA en contratos, nóminas o seguros, con la facilidad de que se trata de personas que ya estan aquí, tienen referencias, experiencia, etcâ, explicaba el secretario técnico Ramón Ballarín.ÂEn principio este servicio se pone en marcha en varias comarcas de las provincias de Huesca y Zaragoza y desde ASAJA se valora muy positivamente la agilidad que se va a conseguir, al unificar y coordinar esfuerzos mediante un solo interlocutor de los colectivos que representan a los extranjeros residentes.ÂLos interesados en esta mano de obra de temporada podéis llamar a nuestras oficinas y preguntar por Nuria Florenza y Eduardo Torres â 974 313 242 y 974 474 321
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Documento De Consenso Sobre La Ganadería De Montaña
La reunión de trabajo tuvo lugar en la Camara Agraria Provincial, en Huesca, y en la que representantes de ASAJA, Uaga, Instituto Pirenaico de Ecología (IPE), municipios de Teruel y el Departamento de Agricultura consensuaron un documento sobre la ganadería que se sometera para su aprobación en la próxima reunión de la Mesa de la Montaña, prevista para el martes día 30. En el seno de la Mesa de la Montaña ASAJA y Uaga presentaron un documento de consenso, pero los municipios de Teruel y el IPE presentaron también los suyos, por lo que se acordó celebrar una reunión de la que extraer un único documento consensuado.Sobre las propuestas que se defienden en el documento ya consensuado, entre las mas importantes figuran el facilitar la comercialización de los productos de las zonas de montaña (tramites sanitarios y de transformación); considerar la ganadería extensiva como un servicio medioambiental preciso, garantizando que exista una carga ganadera mínima en todo territorio de montaña; tomar medidas para facilitar la actividad o estimar al habitante de montaña como necesario para el mantenimiento del medio, o la necesidad de que se tenga en cuenta a la población del territorio a la hora de tomar decisiones importantes como la reintroducción de especies, nuevos proyectos, ampliaciones de estaciones de esquí o de espacios protegidos, etcétera. El técnico de ASAJA y representante en la Mesa de la Montaña, Ramón Ballarín, señaló sobre la reunión de ayer que somos ‘optimistas’ sobre el documento consensuado y estimó que no habría problemas para que se apruebe en la próxima reunión del órgano participativo. En la reunión de ayer, el Departamento de Agricultura estuvo representado por Ramón Iglesias y José Miguel Malo. En las aportaciones que presentaron por parte de la administración, según explicó Ballarín, se expuso la ‘preocupación que tiene el Departamento de posibles recortes por parte de la política agraria comunitaria de cara a la siguiente reforma’. Asimismo, le dieron ‘mucha importancia a lo que es la agroindustria’ y son partidarios ‘de flexibilizar o reinterpretar lo que son las ubicaciones de granjas en montaña’, añadió. ‘Han sido positivos al cien por cien y se han convertido un poco en cómplices de los agricultores y ganaderos’, valoró el técnico de ASAJA.
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Desde El 1 De Abril Se Prohíbe Hacer Fuego Al Aire Libre
A partir del 1 de abril hasta el 15 de octubre, ambos incluidos, se establece la época de peligro de incendios forestales en Aragón, según recoge la Orden del Departamento de Medio Ambiente sobre prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad para la campaña 2010/2011 que se publicó en el Boletín Oficial de Aragón. Esta norma es aplicable a todos los terrenos definidos como monte en la Ley de Montes de Aragón y los destinados a cualquier uso que se encuentran en una franja de 400 metros alrededor del monte, salvo los terrenos de los núcleos de población y de instalaciones industriales o de otra índole que queden aislados por una línea de edificación suficiente que garantice la imposibilidad de propagación. Quemas agrícolasEn cuanto a las quemas agrícolas y forestales, quedan prohibidas durante la época de peligro como norma general y requeriran de autorización o notificación previa del Director del Servicio Provincial de Medio Ambiente de cada provincia en función del tipo de restos vegetales a quemar. En el caso de las notificaciones, deberan realizarse con una antelación de 7 días respecto a la fecha de realización de la quema. Durante este periodo, y con caracter excepcional, se podran quemar restos agrícolas y forestales y despojos vegetales para prevenir daños causados por plagas o evitar otros riesgos de mayor gravedad. La Orden permite, también de manera excepcional hasta el 31 de mayo, la quema de restos de poda de olivo con fines fitosanitarios, siempre que no haya continuidad espacial con otros residuos o restos vegetales sobre el mismo terreno.
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Riegos Del Altoaragón Y Asaja Huesca Presentan Alegaciones Al Borrador De Rd De Tarifas Eléctricas
Ambas organizaciones han realizado un trabajo conjunto de análisis del borrador de RD realizado por el Ministerio de Industria, y han trasladado estas consideraciones a ASAJA nacional para que las presente en la mesa de negociación correspondiente. Los términos del escrito son estos:ÂâActualmente la contratación de la potencia se realiza para todo el año, sin la opción de cambiar la potencia contratada durante el mismo. Sin embargo la necesidad de potencia, en las explotaciones agrarias no coincide durante todo el año. En general, son superiores en los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre, mientras que son mÃnimos los meses de octubre, noviembre, diciembre, enero, febrero y marzo. Las tarifas de acceso-peajes, parte regulada del coste energético, se han ido incrementando en los últimos años de forma que ya suponen en torno al 45% del total de la factura eléctrica. La estructura de las tarifas tiene una fórmula binómico compuesta por un término de potencia y un término de energÃa. La cantidad que se recauda correspondiente a la potencia alcanza el 23% de la factura. Durante los meses de no consumo, los agricultores han de pagar por una disponibilidad que no se usa. Esto genera un aumento en los costes para los agricultores y una deficiente planificación por parte de las empresas distribuidoras, que deben reservar una potencia a pesar de que no se utilice.En el documento BORRADOR RD XX/XXX POR EL QUE SE DESARROLLAN LAS CONDICIONES DE APLICACIÃN DE LOS CONTRATOS DE TEMPORADA FLEXIBLES no se permite que los usuarios puedan modificar la potencia contratada al menos dos veces al año sin incurrir en ningún coste ni penalización adicional, y se proponen los contratos de temporada flexibles.Para llegar a agilizar estos contratos de temporada se tiene que dar que en un mismo punto de bombeo pudieran suscribirse dos contratos de suministro, con distintas potencias dependiendo de la temporada de consumo, utilizando los mismos equipos de medida, de forma que no sea necesaria una nueva inversión en los puntos de bombeo: uno de los contratos serÃa anual con una mÃnima potencia contratada (es necesario un suministro mÃnimo para servicios de mantenimiento de los equipos y pequeños usos) y el segundo contrato de temporada de varios meses con la potencia que se demanda en los meses de máximo consumo.Las condiciones que se proponen para contratos de temporada flexibles, en el documento BORRADOR RD XX/XXX POR EL QUE SE DESARROLLAN LAS CONDICIONES DE APLICACIÃN DE LOS CONTRATOS DE TEMPORADA FLEXIBLES tienen varios inconvenientes, costes y penalizaciones.* CONSUMO NULO VARIOS MESES. En relación al artÃculo 3 párrafo 1, el usuario puede consumir durante un máximo de 8 meses consecutivos. El resto del tiempo la instalación se desconecta por parte del distribuidor, no pudiendo existir ningún consumo fuera de los meses de aplicación.ÂSolamente beneficia a los usuarios que consumen durante 8 meses, y el resto del año deben recibir la energÃa a través de otro sistema. * DERECHOS DE ENGANCHE. En relación al ArtÃculo 3 párrafo 2.2.3, la cantidad a desembolsar cada uno de los años, por volver a consumir será hasta la quinta parte de los valores establecidos con carácter general, cantidades que recibirán las empresas distribuidoras.Â* VERIFICACIÃN DE LAS INSTALACIONES. En relación al ArtÃculo 3 párrafo 2.2.3, las empresas distribuidoras podrán obtener percepciones económicas por verificación de las instalaciones y actuaciones en los equipos de medida y control.Â* PENALIZACIÃN. En relación al artÃculo 3 párrafo 2.4.1, dependiendo de los meses de consumo, los términos de potencia tendrán un recargo del 25% en los meses de temporada alta (enero, febrero, 2ª quincena de junio, julio y diciembre) y un 15% en el resto de aplicación. En los meses de desconexión el cliente no paga nada.ÂALEGACIONES Se propone se consideren las siguientes alegaciones:Â1.- POSIBILITAR DOS CONTRATOS DE SUMINISTRO EN UN MISMO PUNTO.Incorporar en el ArtÃculo 3 párrafo 1:âLos usuarios que cumplan con los requisitos de consumo que se especifican en el artÃculo 2, tienen la posibilidad de suscribir dos contratos con distintas condiciones de suministro, para un mismo punto de consumo. De forma que se pueda suscribir un contrato de temporada flexible para varios meses con otro contrato ordinario de duración anual, utilizando los mismos equipos de medida. Las empresas distribuidoras no podrán exigir inversiones en instalaciones y equipos de medida en el caso de formalizar dos contratos de suministro para un mismo puntoâ.Â2.- CONTRATO DE TEMPORADA FLEXIBLE SIN COSTES ADICIONALESModificar el artÃculo 3 párrafo 2.2.3: âLas empresas distribuidoras no podrán cobrar en la aplicación anual de los contratos de temporada flexibles cantidad alguna en concepto de derechos de acceso, derechos de enganche ni verificación de las instalaciones y actuaciones en los equipos de medida y controlâ.Â3.- CONTRATO DE TEMPORADA FLEXIBLE SIN PENALIZACIONESModificar el artÃculo 3 párrafo 2.4.1: âEn relación a las tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de la energÃa eléctrica, los precios del término de potencia en aplicación de estos suministros NO se incrementarán en ninguno de los meses que se reciba energÃaâ. Por todo lo expuesto, SE SOLICITA:ÂSe consideren las anteriores alegaciones de forma que permita la viabilidad de las propuestas ya que la posible disminución en las cantidades pagadas por potencia no compensa el aumento de los costes y penalizaciones que se pagan a la distribuidora y la obtención de energÃa durante los meses en que se produce la desconexión total del servicio (también hay necesidades energéticas, aunque sean menores y se necesita un contrato con potencia mÃnima durante todo el año).En el caso de que las alegaciones se tuvieran en cuenta serÃa suficiente con un contrato de temporada aproximadamente de 5 meses, en vez de los 8 meses propuestos.Las propuestas enumeradas en el borrador no suponen ningún ahorro a los agricultores.
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Riegos Del Altoaragón Y Asaja Huesca Presentan Alegaciones Al Borrador De Rd De Tarifas Eléctricas
Ambas organizaciones han realizado un trabajo conjunto de análisis del borrador de RD realizado por el Ministerio de Industria, y han trasladado estas consideraciones a ASAJA nacional para que las presente en la mesa de negociación correspondiente. Los términos del escrito son estos:ÂâActualmente la contratación de la potencia se realiza para todo el año, sin la opción de cambiar la potencia contratada durante el mismo. Sin embargo la necesidad de potencia, en las explotaciones agrarias no coincide durante todo el año. En general, son superiores en los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre, mientras que son mÃnimos los meses de octubre, noviembre, diciembre, enero, febrero y marzo. Las tarifas de acceso-peajes, parte regulada del coste energético, se han ido incrementando en los últimos años de forma que ya suponen en torno al 45% del total de la factura eléctrica. La estructura de las tarifas tiene una fórmula binómico compuesta por un término de potencia y un término de energÃa. La cantidad que se recauda correspondiente a la potencia alcanza el 23% de la factura. Durante los meses de no consumo, los agricultores han de pagar por una disponibilidad que no se usa. Esto genera un aumento en los costes para los agricultores y una deficiente planificación por parte de las empresas distribuidoras, que deben reservar una potencia a pesar de que no se utilice.En el documento BORRADOR RD XX/XXX POR EL QUE SE DESARROLLAN LAS CONDICIONES DE APLICACIÃN DE LOS CONTRATOS DE TEMPORADA FLEXIBLES no se permite que los usuarios puedan modificar la potencia contratada al menos dos veces al año sin incurrir en ningún coste ni penalización adicional, y se proponen los contratos de temporada flexibles.Para llegar a agilizar estos contratos de temporada se tiene que dar que en un mismo punto de bombeo pudieran suscribirse dos contratos de suministro, con distintas potencias dependiendo de la temporada de consumo, utilizando los mismos equipos de medida, de forma que no sea necesaria una nueva inversión en los puntos de bombeo: uno de los contratos serÃa anual con una mÃnima potencia contratada (es necesario un suministro mÃnimo para servicios de mantenimiento de los equipos y pequeños usos) y el segundo contrato de temporada de varios meses con la potencia que se demanda en los meses de máximo consumo.Las condiciones que se proponen para contratos de temporada flexibles, en el documento BORRADOR RD XX/XXX POR EL QUE SE DESARROLLAN LAS CONDICIONES DE APLICACIÃN DE LOS CONTRATOS DE TEMPORADA FLEXIBLES tienen varios inconvenientes, costes y penalizaciones.* CONSUMO NULO VARIOS MESES. En relación al artÃculo 3 párrafo 1, el usuario puede consumir durante un máximo de 8 meses consecutivos. El resto del tiempo la instalación se desconecta por parte del distribuidor, no pudiendo existir ningún consumo fuera de los meses de aplicación.ÂSolamente beneficia a los usuarios que consumen durante 8 meses, y el resto del año deben recibir la energÃa a través de otro sistema. * DERECHOS DE ENGANCHE. En relación al ArtÃculo 3 párrafo 2.2.3, la cantidad a desembolsar cada uno de los años, por volver a consumir será hasta la quinta parte de los valores establecidos con carácter general, cantidades que recibirán las empresas distribuidoras.Â* VERIFICACIÃN DE LAS INSTALACIONES. En relación al ArtÃculo 3 párrafo 2.2.3, las empresas distribuidoras podrán obtener percepciones económicas por verificación de las instalaciones y actuaciones en los equipos de medida y control.Â* PENALIZACIÃN. En relación al artÃculo 3 párrafo 2.4.1, dependiendo de los meses de consumo, los términos de potencia tendrán un recargo del 25% en los meses de temporada alta (enero, febrero, 2ª quincena de junio, julio y diciembre) y un 15% en el resto de aplicación. En los meses de desconexión el cliente no paga nada.ÂALEGACIONES Se propone se consideren las siguientes alegaciones:Â1.- POSIBILITAR DOS CONTRATOS DE SUMINISTRO EN UN MISMO PUNTO.Incorporar en el ArtÃculo 3 párrafo 1:âLos usuarios que cumplan con los requisitos de consumo que se especifican en el artÃculo 2, tienen la posibilidad de suscribir dos contratos con distintas condiciones de suministro, para un mismo punto de consumo. De forma que se pueda suscribir un contrato de temporada flexible para varios meses con otro contrato ordinario de duración anual, utilizando los mismos equipos de medida. Las empresas distribuidoras no podrán exigir inversiones en instalaciones y equipos de medida en el caso de formalizar dos contratos de suministro para un mismo puntoâ.Â2.- CONTRATO DE TEMPORADA FLEXIBLE SIN COSTES ADICIONALESModificar el artÃculo 3 párrafo 2.2.3: âLas empresas distribuidoras no podrán cobrar en la aplicación anual de los contratos de temporada flexibles cantidad alguna en concepto de derechos de acceso, derechos de enganche ni verificación de las instalaciones y actuaciones en los equipos de medida y controlâ.Â3.- CONTRATO DE TEMPORADA FLEXIBLE SIN PENALIZACIONESModificar el artÃculo 3 párrafo 2.4.1: âEn relación a las tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de la energÃa eléctrica, los precios del término de potencia en aplicación de estos suministros NO se incrementarán en ninguno de los meses que se reciba energÃaâ. Por todo lo expuesto, SE SOLICITA:ÂSe consideren las anteriores alegaciones de forma que permita la viabilidad de las propuestas ya que la posible disminución en las cantidades pagadas por potencia no compensa el aumento de los costes y penalizaciones que se pagan a la distribuidora y la obtención de energÃa durante los meses en que se produce la desconexión total del servicio (también hay necesidades energéticas, aunque sean menores y se necesita un contrato con potencia mÃnima durante todo el año).En el caso de que las alegaciones se tuvieran en cuenta serÃa suficiente con un contrato de temporada aproximadamente de 5 meses, en vez de los 8 meses propuestos.Las propuestas enumeradas en el borrador no suponen ningún ahorro a los agricultores.
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Riegos Del Altoaragón Y Asaja Huesca Presentan Alegaciones Al Borrador De Rd De Tarifas Eléctricas
Ambas organizaciones han realizado un trabajo conjunto de análisis del borrador de RD realizado por el Ministerio de Industria, y han trasladado estas consideraciones a ASAJA nacional para que las presente en la mesa de negociación correspondiente. Los términos del escrito son estos:ÂâActualmente la contratación de la potencia se realiza para todo el año, sin la opción de cambiar la potencia contratada durante el mismo. Sin embargo la necesidad de potencia, en las explotaciones agrarias no coincide durante todo el año. En general, son superiores en los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre, mientras que son mÃnimos los meses de octubre, noviembre, diciembre, enero, febrero y marzo. Las tarifas de acceso-peajes, parte regulada del coste energético, se han ido incrementando en los últimos años de forma que ya suponen en torno al 45% del total de la factura eléctrica. La estructura de las tarifas tiene una fórmula binómico compuesta por un término de potencia y un término de energÃa. La cantidad que se recauda correspondiente a la potencia alcanza el 23% de la factura. Durante los meses de no consumo, los agricultores han de pagar por una disponibilidad que no se usa. Esto genera un aumento en los costes para los agricultores y una deficiente planificación por parte de las empresas distribuidoras, que deben reservar una potencia a pesar de que no se utilice.En el documento BORRADOR RD XX/XXX POR EL QUE SE DESARROLLAN LAS CONDICIONES DE APLICACIÃN DE LOS CONTRATOS DE TEMPORADA FLEXIBLES no se permite que los usuarios puedan modificar la potencia contratada al menos dos veces al año sin incurrir en ningún coste ni penalización adicional, y se proponen los contratos de temporada flexibles.Para llegar a agilizar estos contratos de temporada se tiene que dar que en un mismo punto de bombeo pudieran suscribirse dos contratos de suministro, con distintas potencias dependiendo de la temporada de consumo, utilizando los mismos equipos de medida, de forma que no sea necesaria una nueva inversión en los puntos de bombeo: uno de los contratos serÃa anual con una mÃnima potencia contratada (es necesario un suministro mÃnimo para servicios de mantenimiento de los equipos y pequeños usos) y el segundo contrato de temporada de varios meses con la potencia que se demanda en los meses de máximo consumo.Las condiciones que se proponen para contratos de temporada flexibles, en el documento BORRADOR RD XX/XXX POR EL QUE SE DESARROLLAN LAS CONDICIONES DE APLICACIÃN DE LOS CONTRATOS DE TEMPORADA FLEXIBLES tienen varios inconvenientes, costes y penalizaciones.* CONSUMO NULO VARIOS MESES. En relación al artÃculo 3 párrafo 1, el usuario puede consumir durante un máximo de 8 meses consecutivos. El resto del tiempo la instalación se desconecta por parte del distribuidor, no pudiendo existir ningún consumo fuera de los meses de aplicación.ÂSolamente beneficia a los usuarios que consumen durante 8 meses, y el resto del año deben recibir la energÃa a través de otro sistema. * DERECHOS DE ENGANCHE. En relación al ArtÃculo 3 párrafo 2.2.3, la cantidad a desembolsar cada uno de los años, por volver a consumir será hasta la quinta parte de los valores establecidos con carácter general, cantidades que recibirán las empresas distribuidoras.Â* VERIFICACIÃN DE LAS INSTALACIONES. En relación al ArtÃculo 3 párrafo 2.2.3, las empresas distribuidoras podrán obtener percepciones económicas por verificación de las instalaciones y actuaciones en los equipos de medida y control.Â* PENALIZACIÃN. En relación al artÃculo 3 párrafo 2.4.1, dependiendo de los meses de consumo, los términos de potencia tendrán un recargo del 25% en los meses de temporada alta (enero, febrero, 2ª quincena de junio, julio y diciembre) y un 15% en el resto de aplicación. En los meses de desconexión el cliente no paga nada.ÂALEGACIONES Se propone se consideren las siguientes alegaciones:Â1.- POSIBILITAR DOS CONTRATOS DE SUMINISTRO EN UN MISMO PUNTO.Incorporar en el ArtÃculo 3 párrafo 1:âLos usuarios que cumplan con los requisitos de consumo que se especifican en el artÃculo 2, tienen la posibilidad de suscribir dos contratos con distintas condiciones de suministro, para un mismo punto de consumo. De forma que se pueda suscribir un contrato de temporada flexible para varios meses con otro contrato ordinario de duración anual, utilizando los mismos equipos de medida. Las empresas distribuidoras no podrán exigir inversiones en instalaciones y equipos de medida en el caso de formalizar dos contratos de suministro para un mismo puntoâ.Â2.- CONTRATO DE TEMPORADA FLEXIBLE SIN COSTES ADICIONALESModificar el artÃculo 3 párrafo 2.2.3: âLas empresas distribuidoras no podrán cobrar en la aplicación anual de los contratos de temporada flexibles cantidad alguna en concepto de derechos de acceso, derechos de enganche ni verificación de las instalaciones y actuaciones en los equipos de medida y controlâ.Â3.- CONTRATO DE TEMPORADA FLEXIBLE SIN PENALIZACIONESModificar el artÃculo 3 párrafo 2.4.1: âEn relación a las tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de la energÃa eléctrica, los precios del término de potencia en aplicación de estos suministros NO se incrementarán en ninguno de los meses que se reciba energÃaâ. Por todo lo expuesto, SE SOLICITA:ÂSe consideren las anteriores alegaciones de forma que permita la viabilidad de las propuestas ya que la posible disminución en las cantidades pagadas por potencia no compensa el aumento de los costes y penalizaciones que se pagan a la distribuidora y la obtención de energÃa durante los meses en que se produce la desconexión total del servicio (también hay necesidades energéticas, aunque sean menores y se necesita un contrato con potencia mÃnima durante todo el año).En el caso de que las alegaciones se tuvieran en cuenta serÃa suficiente con un contrato de temporada aproximadamente de 5 meses, en vez de los 8 meses propuestos.Las propuestas enumeradas en el borrador no suponen ningún ahorro a los agricultores.
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El Boa Publica Las Ayudas Para El Alojamiento De Temporeros
El Boletín Oficial de Aragón ha publicado (el lunes 15) la Orden que aprueba la convocatoria 2010 para la concesión de subvenciones para la financiación del acondicionamiento de alojamientos destinados a los trabajadores temporales del sector agropecuario en Aragón.Dentro de las acciones subvencionables estan reformas, acondicionamiento o ampliaciones de inmuebles, equipamiento, mobiliario, etc.Las solicitudes se pueden presentar hasta el 14 de abril en la Subdirección Provincial de Trabajo que corresponda.Las comarcas incluidas en esta Orden son:Zaragoza: Caspe; Campo de Cariñena; Jalón Medio; Ribera Alta del Ebro y Cinco Villas.Teruel: Bajo Aragón.Huesca: Cinca Medio; Bajo Cinca y Monegros.
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Asaja Denuncia Que Desde 2007 Han Desaparecido El 20% De Explotaciones De Ganadería De Montaña
A comienzos de 2010 son aproximadamente 2.700 las explotaciones de ganadería de montaña existentes en la Comunidad autónoma de Aragón, lo que supone una disminución de un 20 por ciento desde el año 2007, año en el que 3.500 familias dependían de ella.El secretario técnico de ASAJA Huesca, Ramón Ballarín, presentó estas cifras y subrayó la preocupación existente en el sector agroganadero por la tendencia a la disminución de la ganadería montañesa, una situación que se ha reflejado en el documento que se debatió en la Mesa de la Montaña.Ballarín explicó que, ‘de un tiempo a esta parte, estan desapareciendo continuamente explotaciones y, en el caso del ovino, unidades productivas, es decir, ovejas’ y desde la Mesa de la Montaña ‘se nos ha pedido la elaboración de un documento en el que reflejemos alternativas y propuestas para poner freno a esta tendencia al descenso y devolver en un tiempo, a corto y medio plazo, el papel protagonista que la ganadería de extensivo tuvo en la montaña’.Desde ASAJA se remarca el ‘papel predominante’ que la ganadería juega en la fijación de población en el medio rural, especialmente, en alta montaña, así como el papel que desempeña en el mantenimiento y conservación del medio ambiente.Para preservar este papel, en el documento que se presentó a la Mesa de la Montaña se apuntaba varias reflexiones, a través de las que apostamos por fomentar actuaciones que conduzcan a favorecer no sólo el papel de fijación de población y conservación del medio ambiente, sino también que conduzcan a potenciar el sector agroindustrial, localizado en los pueblos de alta montaña.’Valorar el trabajo que se hace en el medio ambiente y facilitar la agroindustria, acompañado de la promoción, son dos aspectos muy importantes, que creo que nos pueden dotar de recursos económicos para poner freno a esta tendencia de desaparición y mantener el estatus económico que necesita una familia y una empresa normal y corriente para poder progresar’, concluyó Ballarín.