José María Alcácera Alegre, agricultor y socio de Asaja Huesca, lleva colaborando de forma altruista con la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), manteniendo la estación termopluviométrica de su localidad natal, Ayerbe.Esta colaboración se inicio en 1967, tras descubrir en una feria agrícola la posibilidad de colaborar con el Instituto Nacional de Meteorología. En 1982 se amplia la estación pluviométrica a una termopluviométrica, con transmisión diaria de datos.El acto de reconocimiento, celebrado el pasado jueves 21 de marzo en Madrid, se enmarcó dentro de la celebración del Día Meteorológico Mundial. A lo largo del mismo Jaime Haddad, subsecretario del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, destacó la labor que estos colaboradores realizan de forma desinteresada y abnegada.En 1999 D. José María Alcácera Alegre ya fue reconocido por la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología con una diploma por su colaboración.
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Jornada Pac 2014-2010. Presentada La Nueva Junta De Asaja Aragón
El miércoles, 20 de marzo tuvo lugar una jornada sobre la PAC en Zaragoza, en la sede de Bantierra (Coso 29) a la que asistieron más de 400 agricultores de todo Aragón.En el marco de esta Jornada se presentó la nueva Junta de ASAJA Aragón que está encabezada por José Manuel Cebollada como presidente; Ángel Samper, secretario general; y José Fernando Luna, portavoz, Jesús Benedicto como secretario de Organización; Emilia Guillén, tesorera; y los vocales Jesús Escario, José María Alcácera, Jorge Susín, Ramón Solanilla, Ángel Salvador, Alfonso Aínsa, Joaquín Til Gracia, Jesús Guillén, Adolfo Abad, Pedro Navarro, José Ramón Soler, Óscar Belmonte y Miguel Ángel García.El acto de presentación contó con la presencia del presidente nacional de ASAJA, Pedro Barato y del consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, Modesto Lobón.Ver imagenes de la jornada
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Las Negociaciones Del Trílogo Deberán Consolidar Las Mejoras Introducidas Por El Parlamento Y Mejorar Aspectos Pendientes De La Reforma De La Pac
El Pleno del Parlamento Europeo adoptó, con pocas variaciones, el paquete de enmiendas a las propuestas legislativas de Reforma de la PAC para el periodo 2014-2020, presentadas por el Comisario Ciolos en octubre de 2011.Con esta aprobación plenaria, da comienzo el proceso de negociación entre las tres instituciones (Parlamento, Consejo y Comisión) que se inaugurará a principios de abril, tras el mandato negociador que previsiblemente obtendrá el consejo agrÃcola en su reunión de la semana que viene.En opinión de ASAJA ARAGÃN, el Parlamento Europeo (PE) mantiene muchas de las lÃneas directrices ya conocidas, tanto por corresponderse a las propuestas de la propia Comisión como por su continuidad con las conclusiones del Consejo Europeo de febrero de este año, donde se aprobó el paquete financiero 2014-2020.No obstante, el PE introduce una mayor flexibilidad en la aplicación de algunos aspectos de los futuros reglamentos, especialmente en cuanto a la posibilidad de poder gestionar el número de hectáreas elegibles a los pagos directos en cada Estado Miembro, o los criterios y principios a aplicar en la convergencia interna y el paso de un régimen histórico de pago directo a otro regionalizado, o mejorar las posibilidades de actuar ante situaciones y productos especÃficos a través de unos pagos acoplados ampliados.Sin embargo, en materia de âreverdecimiento de la PACâ, el Parlamento desoye las peticiones de los profesionales agrarios europeos, que temen que el potencial productivo pueda verse mermado con imposiciones que, a la postre, supongan mayores costes de producción o mermas en su rentabilidad. Si bien es cierto que introduce criterios de flexibilidad y procura una salida a los cultivos permanentes, mantiene las tres practicas (diversificación, praderas permanentes, superficies de interés ecológico) sin dar paso a otras medidas de efecto equivalente.En lo relativo a las medidas de mercado, muy debatido entre los distintos grupos parlamentarios, ASAJA ARAGÃN estima oportuna, por necesaria, la adaptación de los precios de referencia de los distintos productos para la activación de los distintos mecanismos públicos y privados de intervención.En materia de OCM única es de lamentar que el PE no se haya manifestado a favor de mantener el régimen de cuotas lácteas, que deja muy poca opción a la negociación en el TrÃlogo. El sector, sin embargo, acoge favorablemente la propuesta de prorrogar el régimen de cuotas azucareras hasta el año 2020.En cuanto al Desarrollo Rural, el Parlamento incluye en sus propuestas dos de las prioridades españolas, en materia de inclusión de un Programa Nacional coexistente con los distintos Programas regionales y la mejora de las condiciones de acceso a la financiación de inversiones en regadÃo.En conclusión, ASAJA ARAGÃN espera que en las próximas reuniones que celebre el TrÃlogo, hasta alcanzar una posición de consenso sobre el conjunto de la Reforma de la PAC, nuestros diputados y nuestra administración trabajen de manera conjunta para consolidar los avances logrados en el Parlamento Europeo y mejorar la posición española en cuanto a aspectos que aún quedan por resolver.
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Jornada Pac 2014-2010: 20 Marzo 2013
Salón de actos de Bantierra. Coso nº 29 de Zaragoza
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Los últimos Robos En La Comarca De Los Monegros, Noticia En Tve
Los últimos robos acontecidos en la comarca de Los Monegros ha sido noticia en los informativos de TVE.Adjuntamos enlace al informativo con la intervención de nuestro presidente provincial, Fernando Luna.La noticia a partir del minuto 9:20http://www.rtve.es/alacarta/videos/noticias-aragon/noticias-aragon-05-03-15/1708211/
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Publicada La Orden De Prevención Y Lucha Contra Los Incendios Forestales En La Comunidad Autónoma De Aragón Para La Campaña 2013/2014
El pasado viernes 28 de febrero se publicaba en el BOA la orden de prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Aragón para la campaña 2013/2014.En la misma se establece la época de peligro de incendios forestales, que este año 2013 se establece en el período comprendido entre el 15 de marzo y el 15 de octubre.Las quemas agrícolas y forestales requerirán de notificación o autorización previa en función del tipo de restos vegetales a quemar, su continuidad y la época de ejecución de las mismas.Requieren notificación la quema de resto de poda o de trabajos forestales, sin continuidad espacial y fuera de la época de peligro, siguiendo el anexo I de la orden. También requieren de notificación las quemas de residuos de poda de olivo, siempre que esté garantizada la discontinuidad espacial con otros residuos. Para esta última modalidad se permite la quema, de modo excepcional, hasta el 31 de mayo, notificándolo mediante el anexo IV de la orden.Requieren autorización la quema, fuera de la época de peligro, de matorrales, pastizales, rastrojos, restos forestales y despojos forestales que tengan continuidad espacial con otros restos, esta solicitud se hará con el anexo II de la orden. También requieren autorización las quemas agrícolas y forestales, dentro de la época de peligro, y por motivos justificados y excepcionales, como evitar plagas. Esta última la haremos con el anexo III de la orden.Estas autorizaciones o notificaciones obligan a cumplir una serie de obligaciones mínimas, a saber:Deberá existir una faja sin combustible vegetal de anchura suficiente alrededor de la zona a quemar, creando una discontinuidad efectiva entre los restos vegetales y cualquier otro material combustible.La persona autorizada comunicará a los colindantes y al Agente de Protección de la Naturaleza el día y la hora de realización de la operación, al menos con tres días deantelación.Las quemas podrán realizarse desde una hora antes de la salida del sol y el fuego deberá quedar totalmente extinguido dos horas antes del ocaso.Sólo se podrán realizar quemas en los días en que el viento esté en calma. Si iniciados los trabajos, empeoraran las condiciones, se suspenderá inmediatamente la operación procediéndose a apagar el fuego.No se abandonará la vigilancia en la zona hasta que el fuego esté totalmente apagado y haya transcurrido un período de tiempo suficiente sin que se observen llamas o brasas incandescentes.La persona autorizada tomará todas las medidas oportunas para evitar la propagación del fuego, siendo responsable de los daños que puedan producirse.Durante la realización de la quema se deberá estar en posesión de la autorización, que podrá ser requerida por los agentes de la autoridad.Se adjunta enlace a la orden donde se pueden encontrar los anexos de solicitud de autorización o notificación, según el caso:http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=721436384141
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Publicada La Orden De Prevención Y Lucha Contra Los Incendios Forestales En La Comunidad Autónoma De Aragón Para La Campaña 2013/2014
El pasado viernes 28 de febrero se publicaba en el BOA la orden de prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Aragón para la campaña 2013/2014.En la misma se establece la época de peligro de incendios forestales, que este año 2013 se establece en el período comprendido entre el 15 de marzo y el 15 de octubre.Las quemas agrícolas y forestales requerirán de notificación o autorización previa en función del tipo de restos vegetales a quemar, su continuidad y la época de ejecución de las mismas.Requieren notificación la quema de resto de poda o de trabajos forestales, sin continuidad espacial y fuera de la época de peligro, siguiendo el anexo I de la orden. También requieren de notificación las quemas de residuos de poda de olivo, siempre que esté garantizada la discontinuidad espacial con otros residuos. Para esta última modalidad se permite la quema, de modo excepcional, hasta el 31 de mayo, notificándolo mediante el anexo IV de la orden.Requieren autorización la quema, fuera de la época de peligro, de matorrales, pastizales, rastrojos, restos forestales y despojos forestales que tengan continuidad espacial con otros restos, esta solicitud se hará con el anexo II de la orden. También requieren autorización las quemas agrícolas y forestales, dentro de la época de peligro, y por motivos justificados y excepcionales, como evitar plagas. Esta última la haremos con el anexo III de la orden.Estas autorizaciones o notificaciones obligan a cumplir una serie de obligaciones mínimas, a saber:Deberá existir una faja sin combustible vegetal de anchura suficiente alrededor de la zona a quemar, creando una discontinuidad efectiva entre los restos vegetales y cualquier otro material combustible.La persona autorizada comunicará a los colindantes y al Agente de Protección de la Naturaleza el día y la hora de realización de la operación, al menos con tres días deantelación.Las quemas podrán realizarse desde una hora antes de la salida del sol y el fuego deberá quedar totalmente extinguido dos horas antes del ocaso.Sólo se podrán realizar quemas en los días en que el viento esté en calma. Si iniciados los trabajos, empeoraran las condiciones, se suspenderá inmediatamente la operación procediéndose a apagar el fuego.No se abandonará la vigilancia en la zona hasta que el fuego esté totalmente apagado y haya transcurrido un período de tiempo suficiente sin que se observen llamas o brasas incandescentes.La persona autorizada tomará todas las medidas oportunas para evitar la propagación del fuego, siendo responsable de los daños que puedan producirse.Durante la realización de la quema se deberá estar en posesión de la autorización, que podrá ser requerida por los agentes de la autoridad.Se adjunta enlace a la orden donde se pueden encontrar los anexos de solicitud de autorización o notificación, según el caso:http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=721436384141
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Publicada La Orden De Prevención Y Lucha Contra Los Incendios Forestales En La Comunidad Autónoma De Aragón Para La Campaña 2013/2014
El pasado viernes 28 de febrero se publicaba en el BOA la orden de prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Aragón para la campaña 2013/2014.En la misma se establece la época de peligro de incendios forestales, que este año 2013 se establece en el período comprendido entre el 15 de marzo y el 15 de octubre.Las quemas agrícolas y forestales requerirán de notificación o autorización previa en función del tipo de restos vegetales a quemar, su continuidad y la época de ejecución de las mismas.Requieren notificación la quema de resto de poda o de trabajos forestales, sin continuidad espacial y fuera de la época de peligro, siguiendo el anexo I de la orden. También requieren de notificación las quemas de residuos de poda de olivo, siempre que esté garantizada la discontinuidad espacial con otros residuos. Para esta última modalidad se permite la quema, de modo excepcional, hasta el 31 de mayo, notificándolo mediante el anexo IV de la orden.Requieren autorización la quema, fuera de la época de peligro, de matorrales, pastizales, rastrojos, restos forestales y despojos forestales que tengan continuidad espacial con otros restos, esta solicitud se hará con el anexo II de la orden. También requieren autorización las quemas agrícolas y forestales, dentro de la época de peligro, y por motivos justificados y excepcionales, como evitar plagas. Esta última la haremos con el anexo III de la orden.Estas autorizaciones o notificaciones obligan a cumplir una serie de obligaciones mínimas, a saber:Deberá existir una faja sin combustible vegetal de anchura suficiente alrededor de la zona a quemar, creando una discontinuidad efectiva entre los restos vegetales y cualquier otro material combustible.La persona autorizada comunicará a los colindantes y al Agente de Protección de la Naturaleza el día y la hora de realización de la operación, al menos con tres días deantelación.Las quemas podrán realizarse desde una hora antes de la salida del sol y el fuego deberá quedar totalmente extinguido dos horas antes del ocaso.Sólo se podrán realizar quemas en los días en que el viento esté en calma. Si iniciados los trabajos, empeoraran las condiciones, se suspenderá inmediatamente la operación procediéndose a apagar el fuego.No se abandonará la vigilancia en la zona hasta que el fuego esté totalmente apagado y haya transcurrido un período de tiempo suficiente sin que se observen llamas o brasas incandescentes.La persona autorizada tomará todas las medidas oportunas para evitar la propagación del fuego, siendo responsable de los daños que puedan producirse.Durante la realización de la quema se deberá estar en posesión de la autorización, que podrá ser requerida por los agentes de la autoridad.Se adjunta enlace a la orden donde se pueden encontrar los anexos de solicitud de autorización o notificación, según el caso:http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=721436384141
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Nuevas Oficinas De Asaja En Barbastro
A principios de enero se inauguraron las nuevas oficinas de ASAJA en Barbastro.Ahora están ubicadas en la calle Fernando El Católico nº 14, muy próxima a la ubicación anterior. Ahora todos los técnicos comparten la misma oficina a diferencia de la situación anterior que obligaba a repartirse entre varios locales.Esto supone una mejora para el socio que tiene en una única oficina todos los servicios a su disposición.
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Nuestro Presidente Fernando Luna En Onda Cero
Adjuntamos por su interés la entrevista efectuada en Onda Cero a nuestro presidente provincial Fernando LunaEscuchar la entrevista