A partir del 1 de abril de 2013 se puede solicitar la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH) por el consumo del gasóleo agrícola. Se podra solicitar la devolución del impuesto por el gasóleo agrícola consumido que figure en las facturas fechadas en el año natural 2012. El importe a devolver es de 7,8 céntimos por cada litro consumido (78,71 euros por cada 1.000 litros)¿Quiénes tienen derecho a la devolución?Los agricultores y ganaderos que en el periodo indicado hayan tenido derecho a la utilización de gasóleo bonificado para uso agrícola y que efectivamente haya sido empleado como carburante en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura, y que, ademas, en relación con estas actividades, hayan estado inscritos en dicho periodo en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.¿Qué consumos de gasóleo dan derecho a la devolución?Los consumos realizados en:a) Motores de tractores y maquinaria agrícola autorizados o no para circular por vías y terrenos públicos, empleados en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura,b) Motores de los aparatos y artefactos empleados en igual destino.¿A cuanto asciende la devolución?El importe a devolver sera igual al resultado de multiplicar el tipo de 78,71 euros por 1.000 litros sobre una base constituida por el resultado de multiplicar el volumen de gasóleo efectivamente empleado en la agricultura incluida la horticultura, ganadería, y silvicultura durante el año anterior, expresado en miles de litros.¿Qué se devuelve?Se devuelven las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos satisfechas por las adquisiciones de gasóleo que hayan tributado al tipo impositivo bonificado previsto en el artículo 50.1 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, efectuadas durante el año natural anterior.
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