Con fecha 20 de septiembre de 2010 se ha publicado en el BOA número 184 la ORDEN de 4 de septiembre de 2010, del Consejero de Medio Ambiente, por la que se establecen ayudas para incentivar la ganaderÃa extensiva en espacios de la Red Natura 2000 del área pirenaica aragonesa y para compensar los costes indirectos causados a las explotaciones ganaderas en las zonas de presencia del oso pardo (Ursus arctos L.)ÂSe establece un plazo de presentación de solicitudes de 20 dÃas naturales al dÃa siguiente de su publicación en el BOA.Esta ayuda esta separada en dos módulos, de carácter adicional:MODULO 1ConceptoAyudas a la ganaderÃa extensiva como método de mantenimiento de los hábitats supraforestales en los espacios pirenaicos de la Red Natura 2000.BeneficiariosDestinada a personas fÃsicas o jurÃdicas propietarios de explotaciones de ovino, caprino, vacuno o equino en régimen extensivo ubicadas en los términos municipales en ámbito, o que demuestren que en las últimas tres campañas (mÃnimo) han utilizado pasto dentro de ámbito.El requisito fundamental es pastar en zonas de puerto (> 1500 msnm) al menos 100 dÃas al año, manteniendo una carga ganadera en puerto de 0,4 a 1,3 UGM/ha para ovino, caprino, novillas, vacas nodrizas, equinos y asnosÃmbito de aplicaciónAÃsa, Ansó-Fago, Aragüés del Puerto, Arén, Benasque, Bielsa, Biescas, Bisaurri, Bonansa, Borau, Broto, Campo, Canfranc, Castejón de Sos, ChÃa, Fanlo, Fiscal, Foradada de Toscar, La Fueva, GistaÃn, Hoz de Jaca, Isábena, Jaca, Jasa, Laspaúles, Laspuña, Montanuy, Panticosa, Plan, Puértolas, Pueyo de Araguás, Sabiñánigo, Sahun, Sallent de Gállego, San Juan de Plan, Seira, Sesué, Sopeira, Tella-Sin, Torla, Torre la Ribera, Valle de Lierp, Veracruz, Villanova, Villanúa, Yebra de Basa, Yésero, Valle de Echo, Valle de BardajÃImporteo Vacuno/equino: 18 â¬/cabeza.o Ovino/caprino: 3 â¬/cabezao LÃmite subvencionable: 50 Âanimales para vacuno/equino y 500 animales para ovino/caprino.o Modulación: explotaciones prioritarias el 100% de la prima, explotaciones no prioritarias el 50% de la prima.MODULO 2ConceptoMedidas de compensación por costes indirectos causados a las explotaciones ganaderas exclusivamente en las zonas de presencia de oso pardo. Subvenciona la adopción de sistemas eficaces de protección del ganado, apoyando a la ganaderÃa que ejecute acciones especÃficas de compatibilización oso-ganaderÃa. Se definen dos zonas:o Zona de Gestión 1: incluyen las áreas con osos residentes la mayor parte del año.o Zona de Gestión 2: incluyen las áreas frecuentadas regularmente por osos divagantes.BeneficiariosPersonas fÃsicas o jurÃdicas propietarios de explotaciones de ovino, caprino, vacuno o equino en régimen extensivo ubicadas en los términos municipales en ámbito, o que demuestren que en las últimas tres campañas (mÃnimo) han utilizado pasto dentro de ámbito (esta última no aplicable a titulares de explotaciones de ovino/caprino).El requisito es pastar en zonas de puerto (> 1500 msnm) al menos 100 dÃas al año, manteniendo una carga ganadera en puerto de 0,4 a 1,3 UGM/ha para ovino, caprino, novillas, vacas nodrizas, equinos y asnos.Además Debemos acreditar de manera fehaciente la utilización como medidas de protección efectiva frente al oso pardo de algunos de los siguientes sistemas de guarda o vigilancia de rebaños durante su estancia en puerto: Â Posesión y uso de perros de protección de rebaños.  Protección nocturna de rebaños dentro de vallados electrificados cerrados.  Protección de los rebaños en el interior de las parideras ubicadas en los puertos.ÂÃmbito de aplicaciónZG1: Ansó-Fago.ZG2: Benasque, Bisaurri, Bonansa, Castejón de Sos, Laspaúles, Montanuy y Valle de Echo.ImporteZG1o Prima a la explotación: 1500â¬/explotación en concepto de vigilancia y mantenimiento de los rebaños. Solo en caso de ganado ovino.o Prima por número de cabezas:  Vacuno/equino: 16â¬/cabeza.  Ovino/caprino: 6â¬/cabezaZG2o Prima a la explotación: 900â¬/explotación en concepto de vigilancia y mantenimiento de los rebaños. Solo en caso de ganado ovino.o Prima por número de cabezas:  Vacuno/equino: 11â¬/cabeza.  Ovino/caprino: 4â¬/cabezaZG1 y ZG2o LÃmite subvencionable: 50 animales para vacuno/equino y 500 animales para ovino/caprino.o Número mÃnimo de cabezas para la aplicación de la prima a la explotación: 100 cabezas para ovino/caprino.o Modulación: explotaciones prioritarias el 100% de la prima, explotaciones no prioritarias el 50% de la prima.ÂENLACE A LA ORDEN COMPLETAhttp://benasque.aragob.es:443/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=549026541212
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